Impuestos Nacionales aclara que en el Régimen Simplificado no se otorga factura

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El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) aclaró que los contribuyentes del Régimen Tributario Simplificado (RTS) no emiten factura; por tanto, tampoco están incluidos en ninguna modalidad de Facturación en Línea.

La Administración Tributaria también recordó que las tres nuevas modalidades de Facturación en Línea (Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea) sólo son para contribuyentes clasificados en el Régimen General. El SIN aclaró este tema ya que en recientes días se emitieron declaraciones de dirigentes gremiales en Cochabamba que pretendieron desinformar a la población.

De acuerdo con reportes de medios de comunicación, el dirigente gremial René Limachi manifestó su sorpresa porque su sector debía implementar el Sistema de Facturación en Línea. Sin embargo, en reiteradas oportunidades el SIN explicó que los gremiales, artesanos y vivanderos registrados en el Régimen Simplificado mantienen su actual condición tributaria, sin ninguna variación y según lo dispone la normativa del sector.

El Régimen Tributario Simplificado fue instituido mediante el Decreto Supremo 24484, de 29 de enero de 1997, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeños contribuyentes en las actividades de comercio minorista, artesanía y vivanderos, de acuerdo con su capacidad económica.